Sup PB: 27 m2 Sup Sub: 33 m2 Sup Total: 60 m2 De acuerdo a Ley 5.115, esta propiedad, tiene “accesibilidad” para las personas con discapacidades físicas. (LEY 5.858 Art 4) “Se encuentra prohibido cobrar honorarios inmobiliarios a y gastos de gestoría de informes a inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquileres de vivienda, el monto máximo de honorarios que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos (4,15%) del valor total del respectivo contrato”